Cómo solicitar la rebaja del 100% del IVA para nuevos emprendimientos en Chile

Cómo solicitar la rebaja del 100% del IVA para nuevos emprendimientos en Chile (Guía 2026)

Si llegaste a este artículo buscando cómo solicitar una rebaja del 100% del IVA para tu emprendimiento, la primera cosa que necesitas saber es que —a febrero de 2026— ese beneficio no existe todavía como ley en Chile. El que lo describes es parte de un proyecto tributario que el Ministerio de Hacienda ingresó a tramitación al Congreso el 4 de agosto de 2025, con vigencia proyectada al 1 de enero de 2027. Decenas de blogs lo presentan como si fuera un beneficio que puedes solicitar hoy en el SII. No lo es.

Dicho eso, hay buenas noticias. El panorama tributario para nuevos emprendimientos en Chile sí ha mejorado en los últimos meses, y hay beneficios reales vigentes que la mayoría de emprendedores no conoce o no está aprovechando. Esta guía cubre ambas cosas: lo que existe hoy y lo que viene si el proyecto se aprueba.

Además, el 2 de enero de 2026 entró en vigor la Ley N.° 21.713 de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias —la llamada ‘Ley Antievasión’— que cambia de manera relevante la posición de los emprendedores informales frente al SII. Si todavía operas sin inicio de actividades, leer este artículo es urgente.

1. El contexto: qué propone el Proyecto «Ruta del Emprendimiento»

El Ministerio de Hacienda presentó en julio de 2025 el proyecto de ley que contiene la llamada «Ruta del Emprendimiento», un conjunto de beneficios tributarios para micro y pequeñas empresas. El ministro Mario Marcel cifró en más de un millón las Pymes que se beneficiarían. Los tres ejes del proyecto en materia de emprendimiento son:

  • Régimen transitorio inicial (monotributo): durante los dos primeros años, empresas con ingresos hasta 1.800 UF en el año 1 y 2.400 UF en el año 2 (~$101 millones) podrían reemplazar el IVA y el impuesto a la renta por un pago fijo mensual de 1 UTM (~$70.000 a valores actuales). Vigencia proyectada: 1 de enero de 2027.
  • Rebaja progresiva del IVA: los nuevos emprendimientos que superen el tope del monotributo —o que prefieran el régimen normal— podrían acceder a una rebaja del IVA por 24 meses, contados desde el primer mes con saldo positivo de IVA a pagar. El esquema es: 100% de rebaja en los primeros 12 meses, 50% del mes 13 al 18, y 25% del mes 19 al 24. Vigencia proyectada: 1 de enero de 2027.
  • Monotributo social: régimen permanente para microemprendedores del 80% más vulnerable del Registro Social de Hogares, con ingresos anuales hasta 310 UF (~$13 millones). Pago mensual de 0,5 UTM. Vigencia: 3 meses después del reglamento.
⚠️  LO QUE LA MAYORÍA DE ARTÍCULOS OMITE
Los blogs que describen este beneficio como «disponible» o como algo que puedes «solicitar en el SII» están usando información del anuncio del proyecto de ley, no de una ley aprobada. El texto del proyecto fue analizado por la firma Alessandri Abogados en julio de 2025 y determina con claridad que la vigencia de la rebaja progresiva del IVA es el 1 de enero de 2027. Si un contador o un blog te dice que puedes acogerte a esto hoy, pide que te muestre la circular del SII o la ley en el Diario Oficial. Si no la hay, la información es incorrecta.

2. Lo que SÍ existe hoy: beneficios tributarios vigentes para nuevos emprendimientos

Régimen Pro Pyme General

El Régimen Pro Pyme General es el régimen de tributación simplificada que ya existe en Chile para empresas con ingresos promedio de los últimos tres años que no superen las 75.000 UF (~$3.165 millones). Sus beneficios principales son:

  • Tasa reducida de IDPC: 12,5% para los años comerciales 2025, 2026 y 2027 (en vez del 25% del régimen general), gracias a la Ley N.° 21.816 que prorrogó esta tasa transitoria.
  • Depreciación instantánea: puedes descontar el 100% del valor de tus activos fijos en el mismo año de adquisición, en vez de depreciarlos paulatinamente.
  • Contabilidad simplificada: si tu capital inicial no supera las 2 UTA (~$1.230.000), puedes llevar contabilidad simplificada en vez de contabilidad completa.
  • PPM tasa fija: 0,125% de los ingresos mensuales si tus ventas anuales no superan las 50.000 UF, sin el cálculo variable del régimen general.
  • Base imponible simplificada: el cálculo del impuesto se basa en ingresos menos egresos efectivamente percibidos y pagados, sin corrección monetaria ni ajustes complejos.

Régimen Pro Pyme Transparente

Es la versión más favorable del régimen Pyme y el que el Gobierno quiere expandir con la «Ruta del Emprendimiento». En este régimen, la empresa queda exenta del Impuesto de Primera Categoría: los dueños tributan directamente con el Impuesto Global Complementario sobre los ingresos que retiran. Para muchos emprendedores unipersonales, esto significa una carga tributaria real bastante menor que la del régimen general.

Ley N.° 21.713: la obligación que cambia todo desde el 2 de enero de 2026

La Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias —aprobada en 2024 y con vigencia desde el 2 de enero de 2026— establece que los marketplaces, proveedores de medios de pago, organismos del Estado, municipios y bancos deben exigir inicio de actividades vigente antes de autorizar cualquier operación. Esto significa que si vendes en Mercado Libre, cobras por Flow, Webpay, MercadoPago o cualquier plataforma similar sin estar formalizado, la plataforma puede bloquearte o retener el IVA antes de que el dinero llegue a tu cuenta.

El SII estima que al menos 200.000 personas se sumarán al ecosistema formal impulsadas por esta ley. Las personas que realizan actividades de subsistencia —ingresos hasta 5 UTM al mes, aproximadamente $350.000— tienen hasta mediados de 2026 para inscribirse en el registro especial habilitado por el SII, que las exime del inicio de actividades completo. Pero fuera de ese margen, la formalización ya no es opcional.

📊  DATO CLAVE
El SII identificó en agosto de 2025 a más de 165.000 contribuyentes con movimientos bancarios que podrían corresponder a ventas no declaradas, bajo la nueva «norma de las 50 transferencias». Si una cuenta recibe más de 50 transferencias mensuales de personas distintas, la información llega automáticamente al SII. La informalidad ya tiene fecha de vencimiento en Chile.

3. Cómo funciona el IVA para nuevos emprendimientos hoy

El IVA en Chile es del 19% y opera con la lógica de débito y crédito fiscal. Cada mes, la empresa calcula la diferencia entre el IVA que cobró en sus ventas (débito fiscal) y el IVA que pagó a sus proveedores (crédito fiscal). Si la diferencia es positiva, paga la diferencia al SII vía Formulario 29 (F29). Si es negativa, acumula un remanente de crédito fiscal que se descuenta el mes siguiente.

La «trampa de liquidez» que describe con precisión el portal Chita: la ley obliga a declarar y pagar el IVA el día 20 del mes siguiente al período tributario, aunque el cliente todavía no te haya pagado la factura. Para un emprendimiento que vende a 30 o 60 días de plazo, esto puede significar un problema de caja serio en los primeros meses de operación. Es exactamente esa realidad la que el proyecto de ley busca aliviar con la rebaja progresiva.

Cuándo empieza a contar el período de 24 meses en la propuesta

Según los anuncios del Ministerio de Hacienda, el plazo de 24 meses no empieza desde el inicio de actividades en el SII, sino desde el primer mes calendario en que la empresa determine un saldo positivo de IVA a pagar —es decir, cuando sus débitos superan por primera vez sus créditos fiscales. Para un emprendimiento que tiene muchos gastos de instalación y pocas ventas al inicio, esto puede significar que el plazo de 24 meses empiece varios meses después del inicio de actividades.

4. Comparativa: régimen vigente hoy vs. propuesta «Ruta del Emprendimiento»

ConceptoRégimen vigente HOY (feb. 2026)Propuesta Proyecto de Ley «Ruta del Emprendimiento»
IVA (19%) primer añoDebes declarar y pagar el 19% mensual desde el primer mes que tengas saldo positivoRebaja del 100% del IVA durante los primeros 12 meses desde el primer saldo positivo
IVA meses 13 a 18Debes pagar el 100% del IVA mensualRebaja del 50% del IVA (pagas solo el 9,5%)
IVA meses 19 a 24Debes pagar el 100% del IVA mensualRebaja del 25% del IVA (pagas solo el 14,25%)
Impuesto a la Renta (1er y 2° año)Régimen Pro Pyme: tasa IDPC del 12,5% en 2025-2027 sobre RLIReemplaza IVA + Renta por 1 UTM mensual fija (ingresos hasta 1.800 UF año 1; 2.400 UF año 2)
Tasa IDPC Pro Pyme (años 3+)12,5% en 2025-2026-2027; 15% en 2028; 25% en régimenRégimen Transparente: exento de IDPC (tributan los dueños con Global Complementario)
Límite de ingresos para accederNo hay límite de inicio para Pro Pyme General (tope 75.000 UF)Ingresos primer año ≤ 1.800 UF (~$75 millones); segundo año ≤ 2.400 UF (~$101 millones)
VigenciaHOY — régimen activo para empresas formalizadas vía SIIPendiente: vigencia proyectada al 1 de enero de 2027 (proyecto en trámite en el Congreso)

Fuente: elaboración propia en base al Ministerio de Hacienda; SII – Regímenes 2025; Alessandri Abogados julio 2025.

5. Cuánto se ahorraría un nuevo emprendimiento si se aprueba la propuesta

Hagamos el ejercicio con números concretos para un emprendimiento de comercio o servicios que vende $1.000.000 netos al mes (más IVA), con compras de insumos que generan $80.000 de crédito fiscal mensual.

MesVentas (con IVA)Débito fiscal (IVA)Crédito fiscal (compras)IVA a pagar sin beneficioIVA a pagar CON beneficio (propuesta)
1$1.190.000$190.000$80.000$110.000$0 (100% rebaja)
6$1.190.000$190.000$80.000$110.000$0 (100% rebaja)
12$1.190.000$190.000$80.000$110.000$0 (100% rebaja)
15$1.190.000$190.000$80.000$110.000$55.000 (50% rebaja)
21$1.190.000$190.000$80.000$110.000$82.500 (25% rebaja)
25+$1.190.000$190.000$80.000$110.000$110.000 (sin rebaja)

Supuestos: ventas mensuales de $1.000.000 netos; crédito fiscal mensual de $80.000. Ejemplo elaborado con base en la propuesta del Ministerio de Hacienda (julio 2025). No refleja normativa vigente.

En los primeros 12 meses, este emprendimiento se ahorraría $1.320.000 en IVA ($110.000 × 12). Entre los meses 13 y 18, el ahorro sería de $330.000 ($55.000 × 6). Entre los meses 19 y 24, $165.000 más ($27.500 × 6). Total en los 24 meses: $1.815.000 que quedan disponibles para capital de trabajo —una diferencia significativa para un negocio que recién está encontrando su ritmo de ventas.

6. Pasos para formalizar tu emprendimiento hoy y quedar listo

Independientemente de si el proyecto se aprueba o no en 2026, el primer requisito para acceder a cualquier beneficio tributario es tener el Inicio de Actividades vigente en el SII. El trámite es gratuito, 100% en línea y, si tienes todos los datos, demora menos de 30 minutos.

Paso 1 – Ingresa a sii.cl con tu Clave Única

Desde el portal del SII, accede con tu Clave Única del Registro Civil. Si no la tienes, puedes obtenerla en cualquier sucursal del Registro Civil o en línea si tienes cédula de identidad vigente. Este es el paso que menos gente tiene listo cuando empieza.

Paso 2 – Declara inicio de actividades

Desde Mi SII selecciona la opción «Inicio de Actividades». Necesitarás: tu RUT, actividad económica según el código del SII (hay más de 500 opciones; si vendes ropa, artesanías o comida, hay códigos específicos para cada rubro), domicilio tributario (puede ser tu domicilio particular si no tienes local) y capital inicial estimado.

Paso 3 – Elige régimen tributario

Para la mayoría de los emprendedores que recién empiezan, el Régimen Pro Pyme General o el Pro Pyme Transparente son las opciones más convenientes. El régimen Transparente es mejor si los dueños tienen ingresos personales bajos y retiran todo lo que genera la empresa, porque tributan solo con el Global Complementario. El régimen general queda para empresas grandes que retienen utilidades.

Paso 4 – Activa facturación electrónica

Inmediatamente después del inicio de actividades, activa el sistema de facturación electrónica del SII (gratuito) o contrata una plataforma de facturación como Bsale, Defontana u otras. Sin esto, no puedes emitir facturas ni boletas válidas para tus clientes.

Paso 5 – Declara el F29 mensual desde el inicio

El Formulario 29 se declara todos los meses hasta el día 20, aunque no hayas tenido ventas (en ese caso, se declara «sin movimiento»). No declararlo aunque sea en cero puede generarte multas e intereses. Si usas factura electrónica del SII y tienes pocas transacciones, el sistema precargado de declaración simplifica bastante el proceso.

💡  CONSEJO PRÁCTICO: habla con un contador antes, no después
El error más costoso de los nuevos emprendedores en Chile no es elegir el régimen equivocado: es empezar a operar sin haber consultado con un contador y darse cuenta meses después que acumularon IVA sin declarar o que el régimen elegido no era el más conveniente. Una consulta con un contador certificado ASECH antes del inicio de actividades puede costar entre $30.000 y $80.000 y ahorrarte multas que fácilmente triplican eso. El SII también tiene un servicio de orientación tributaria gratuito para contribuyentes con dudas específicas.

7. Qué pasa si el proyecto de ley se aprueba en 2026

El proyecto ingresó con suma urgencia el 4 de agosto de 2025, lo que obliga al Congreso a tramitarlo en plazos acotados. Sin embargo, como cualquier reforma tributaria, puede sufrir modificaciones durante el proceso legislativo. Al cierre de este artículo (febrero 2026), el proyecto seguía en tramitación. La fecha de vigencia proyectada para la rebaja de IVA y el régimen transitorio es el 1 de enero de 2027, según el análisis técnico de Alessandri Abogados.

Si el proyecto se aprueba sin cambios sustanciales, el SII emitirá circulares y resoluciones explicando cómo acogerse. El mecanismo de solicitud exacto no está definido aún —dependerá del reglamento que dicte el organismo. Lo que sí es seguro: quien ya tenga inicio de actividades vigente y esté en régimen Pro Pyme o Transparente, estará en condiciones de acceder al beneficio desde el primer día, sin trámites adicionales de formalización.

Quien postergó la formalización esperando este beneficio cometió el error al revés: el beneficio (cuando exista) será para emprendimientos que ya están operando formalmente. No existe una forma de entrar «retro» al régimen una vez que el proyecto sea ley.

📅  LÍNEA DE TIEMPO DEL BENEFICIO
Julio 2025: Gobierno presenta proyecto de ley «Ruta del Emprendimiento» ante el Congreso.
Agosto 2025: Hacienda ingresa el proyecto con suma urgencia a tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados.
Febrero 2026: Proyecto en tramitación parlamentaria. No es ley. La rebaja del IVA NO está vigente.
1 de enero de 2027 (proyectado): Vigencia estimada de la rebaja progresiva del IVA y el régimen transitorio inicial, si se aprueba sin cambios.
Por confirmar: fecha exacta de aprobación. El SII emitirá circulares una vez promulgada la ley.

8. Monotributo social: la opción para emprendimientos de subsistencia

El «monotributo social» propuesto en el mismo proyecto está dirigido a personas del 80% más vulnerable del Registro Social de Hogares con ingresos anuales inferiores a 310 UF (aproximadamente $13 millones al año en 2026). El beneficio es poderoso: con un pago fijo de 0,5 UTM mensual (~$35.000), la persona cumple tanto sus obligaciones tributarias como previsionales en un solo lugar, accediendo además a los programas de FOSIS, Sercotec y CORFO.

La vigencia de este monotributo social es distinta: entra en vigencia tres meses después de publicado el reglamento, que debe dictarse en un plazo de 180 días desde la promulgación de la ley. Si la ley se promulga en el segundo semestre de 2026, el monotributo podría estar disponible en el primer semestre de 2027. La situación podría ser distinta del régimen de rebaja de IVA, que entraría el 1 de enero de 2027 independientemente del reglamento.

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